Reglamento
Artículo
1. El "Premio Ojoche" se
establece con el propósito de reconocer
los aportes realizados por un funcionario(a)
y un equipo de trabajo del Sistema Nacional
de Áreas de Conservación (SINAC),
destacados en alguna de las áreas de
conservación, que hayan contribuido
de manera sobresaliente a la conservación
y el desarrollo de las áreas silvestres
protegidas.
Artículo
2. El premio será otorgado
anualmente y tendrá dos categorías:
individual y grupal.
Artículo
3. Para el otorgamiento del premio
se constituirá un Jurado calificador
integrado por cinco personas, nombradas dos
de ellas por el INBio, dos por el SINAC y
una de mutuo acuerdo. El Jurado tendrá
un Presidente y un Secretario, que serán
elegidos entre sus miembros. Corresponde al
Presidente dirigir las deliberaciones y las
votaciones y al Secretario interpretar el
presente reglamento y levantar el acta de
las sesiones, cuando el Jurado lo considere
pertinente. El Jurado durará dos años
en funciones y sus miembros podrán
ser nombrados nuevamente pero no en forma
consecutiva. El Jurado redactará en
su primera sesión el reglamento de
trabajo interno y los criterios generales
de selección de ganadores.
Artículo
4. El voto será emitido por
cada uno de los miembros del Jurado durante
las sesiones en las cuales esté formalmente
reunido. El premio se otorgará al candidato
individual y al grupo que obtenga la mayoría
simple de votos. El Jurado comunicará
formalmente a los directores del INBio y del
SINAC la adjudicación del premio para
los fines correspondientes, según lo
establecido por la convocatoria.
Artículo
5. En caso de que las candidaturas
presentadas en alguna de las categorías
no cumplan con los requisitos solicitados,
el Jurado definirá, previo análisis
de las mismas, si se entregan dos premios
en la misma categoría o se declara
desierta una o ambas categorías.
Artículo
6. Podrán ser candidatos(as)
al premio cualquier funcionario(a), grupo
de funcionarios(as) de cualquier conformación
(de dos o más personas, de un solo
componente o intercomponentes), pertenecientes
a cualquier componente de trabajo o departamento
del área de conservación que
se haya destacado en sus labores más
allá de su quehacer cotidiano, durante
el período establecido por el jurado
en la convocatoria (Art. 6). Se premiarán
actividades, esfuerzos, hechos o acciones
que impactaron positivamente la gestión
de las áreas protegidas. Cualquier
persona y grupo y cualquier actividad podrán
ser premiados, siempre y cuando cumplan con
las condiciones establecidas por este galardón.
Artículo
7. Para el primer año de entrega
del Premio Ojoche, el período que se
evaluará es de 1995 a 2001. A partir
de su segunda edición, el período
será anual.
Artículo
8. La presentación de candidaturas
es abierta. Éstas podrán ser
presentadas al Jurado por: un funcionario(a),
un grupo de funcionarios(as) de las áreas,
personal de la Dirección Superior del
SINAC, una persona particular, instituciones
u organizaciones de tipo comunal, académico,
ambientalista, científico o conservacionista,
mediante propuestas debidamente razonadas.
No se permite proponerse a sí mismo.
Una misma persona puede proponer candidatos
en ambas categorías (individual y grupal);
sin embargo, solo se permite una candidatura
en ambas categorías por proponente.
Artículo
9. Las candidaturas serán
enviadas al Jurado del Premio Ojoche en un
sobre cerrado a la siguiente dirección:
Jurado Premio Ojoche, Apdo. 22-3100 Santo
Domingo, Heredia; o pueden entregarse personalmente
en las instalaciones del INBio. Para facilitar
su recolección y transporte, cada Director(a)
de Área debe nombrar un encargado(a)
de recoger las candidaturas, contra firma
de recibido, y hacerlas llegar al Jurado.
Artículo
10. La documentación que deben
incluir las propuestas de candidaturas es
la siguiente: 1. Propuesta formal, conteniendo
una argumentación sólida (en
un máximo de 5-6 páginas a doble
espacio) que demuestre la forma en la cual
el funcionario(a) o grupo de funcionarios,
a través del desempeño de sus
funciones, ha contribuido en forma sobresaliente
a la conservación y desarrollo de las
áreas silvestres protegidas durante
el período establecido. 2. Documentos
anexos que aporten datos relevantes e información
complementaria.
Artículo
11. El Premio Ojoche consiste en
un reconocimiento público, un pergamino,
así como la entrega de quinientos dólares
estadounidenses (US$500) al ganador(a) individual
y (US$500) al equipo ganador. En el caso del
equipo ganador, cada uno de los miembros recibirá
un pergamino y compartirá los US$500.
Artículo
12. La administración del
INBio ofrecerá al Jurado los medios
y los recursos necesarios para el cumplimiento
de sus funciones.
Artículo
13. La fecha límite para recibir
las propuestas en las oficinas centrales del
INBio es el día 30 de julio de cada
año. El Jurado anunciará los
nombres de los ganadores el día 20
de agosto y la entrega del premio tendrá
lugar durante la celebración oficial
del Día de Parques Nacionales, el 24
de agosto.