Premios que otorga el INBio
Premio INBio al Mérito en la Conservación de la Biodiversidad Costarricense
Reglamento

Artículo 1. El Premio INBio al mérito en la conservación de la biodiversidad costarricense se establece con el propósito de reconocer los aportes a su protección, conocimiento y utilización sostenible, que hayan sido realizados por personas u organizaciones, nacionales o extranjeras, que hayan contribuido de manera sobresaliente a la conservación a perpetuidad de nuestro patrimonio natural.

Artículo 2. El premio será otorgado bianualmente a una sola persona, grupo de trabajo o institución. Excepcionalmente podrá ser compartido cuando se complementen de manera muy clara los méritos de las personas, grupos o instituciones propuestas.

Artículo 3. Para el otorgamiento del premio la Junta directiva del Instituto Nacional de Biodiversidad nombrará un Jurado integrado por cinco miembros escogidos, dos de la Asamblea General del INBio, tres miembros externos, todos escogidos entre sus miembros. Corresponde al Presidente dirigir las deliberaciones y las votaciones que se produzcan y al y al Secretario interpretar el presente reglamento y levantar el acta de las sesiones, cuando el Jurado lo considere pertinente. El Jurado durará en sus funciones cuatro años y sus miembros podrán ser reelectos, pero no consecutivamente.

Artículo 4. El voto será emitido por cada uno de los miembros del Jurado durante las sesiones en que éste se halle formalmente reunido. El premio se otorgará al candidato que obtenga la mayoría simple de votos del Jurado. El Jurado comunicará formalmente a la Junta Directiva la adjudicación del premio, para los fines correspondientes, según lo establecido por la convocatoria.

Artículo 5. Las candidaturas al premio podrán ser presentadas al Jurado por instituciones u organizaciones de tipo académico, ambientalista, científico o conservacionista, mediante propuestas debidamente razonadas.

Artículo 6. La documentación que deben incluir las propuestas de candidaturas es la siguiente: 1) Propuesta formal, conteniendo argumentos fehacientes de cómo el candidato ha contribuido a la protección, conocimiento y utilización sostenible de la biodiversidad costarricense, 2) Documentos anexos que aporten datos relevantes e información complementaria del candidato. El Jurado realizará con tiempo prudencial la convocatoria al premio, establecerá la fecha límite para la presentación de las candidaturas, y de común acuerdo con la Junta Directiva establecerá la fecha de entrega del premio mismo.

Artículo 7. El Premio INBio al mérito en la conservación de la biodiversidad costarricense consta de una medalla un pergamino, ambos con el nombre del premiado y la fecha. Además el INBio colocará en un sitio apropiado en sus instalaciones, un recordatorio de cada uno de los premiados. El premio será entregado al galardonado o su representante en un acto solemne.

Artículo 8. La Administración del INBio ofrecerá al Jurado los medios y recursos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.


* Reglamento modificado en la sesión No. 124 de la Junta Directiva del INBio del 17 de junio de 2002.

 

Premio INBio

Para cualquier consulta comunicarse al teléfono: 2507-8100, o la dirección de correo electrónico:
premioinbio@inbio.ac.cr

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